PROCESO
DE TRASPLANTE
Se trata del reemplazo de un órgano y/o tejido enfermo, sin posibilidad de recuperación, por otro sano.
En nuestro país, existe la posibilidad
de trasplantar órganos sólidos como
riñón, hígado, corazón, pulmón, páncreas
e intestino, como así también tejidos: córneas, piel, huesos y válvulas cardíacas.
PROCESO DE TRASPLANTE
Una vez establecida la necesidad de trasplante, el médico del equipo de trasplante será el responsable de iniciar su proceso de inscripción en la lista de espera del INCUCAI; nómina nacional y única en todo el país. En ese momento, le informará acerca de los beneficios, riesgos, cuidados, controles necesarios y le solicitará el consentimiento para iniciar el proceso de inscripción en Lista de Espera.
En esta instancia, deberá decidir si acepta ingresar a la lista de espera para trasplante o no. Pudiéndose modificar esta decisión en el momento que ud. desee.
DETECCION DEL POTENCIAL DONANTE
El operativo de procuración de órganos y tejidos se inicia en una unidad de terapia intensiva (UTI) u otras unidades de atención de pacientes neurológicos críticos. Cuando por la gravedad de la lesión alguno de estos pacientes fallece, detectándose el sindrome de muerte encefálica, se abre la posibilidad de la donación de órganos para trasplante.
El médico de la UTI que asiste al paciente es quien detecta los signos clínicos que indican el fallecimiento, establecidos en el artículo 23 de la Ley 24.193. Cuando el fallecimiento de la persona se produce en situación de parada cardÍaca, la posibilidad de donación es limitada y sólo se inicia un proceso de donación con el objetivo de lograr la obtención de tejidos.
CRITERIOS DE SELECCION
El operativo de procuración de órganos y tejidos se inicia en una unidad de terapia intensiva (UTI) u otras unidades de atención de pacientes neurológicos críticos. Cuando por la gravedad de la lesión alguno de estos pacientes fallece, detectándose el sindrome de muerte encefálica, se abre la posibilidad de la donación de órganos para trasplante.
El médico de la UTI que asiste al paciente es quien detecta los signos clínicos que indican el fallecimiento, establecidos en el artículo 23 de la Ley 24.193. Cuando el fallecimiento de la persona se produce en situación de parada cardÍaca, la posibilidad de donación es limitada y sólo se inicia un proceso de donación con el objetivo de lograr la obtención de tejidos.
CERTIFICACION DE MUERTE
La certificación de la muerte siempre debe ser realizada por médicos, quienes deben evaluar la lesión cerebral en su gravedad y extensión, para determinar, en base a su magnitud, que dicha lesión es la causante de la muerte. Se debe constatar, la pérdida total y definitiva de las funciones comandadas por el cerebro y el tronco cerebral, como la desaparición de los refle-jos neurológicos centrales y el paro respiratorio. Asi mismo, deberá certificarse la muerte a través de realización de estudios adicionales tales como; por ejemplo, un electro-encefalograma, que demuestre la desaparición de la actividad eléctrica del cerebro, o estudios que indiquen la ausencia de irrigación sanguínea al cerebro y tronco.
TRATAMIENTO DEL DONANTE
El tratamiento del donante, que se inicia a partir del diagnóstico clínico de muerte, consiste en el sostén artificial de las funciones del organismo con el objetivo fundamental de mantener la perfusión y adecuada oxigenación de los órganos cadavéricos para un eventual futuro trasplante.
EL PROCESO DE COMUNICACION - DONACION
Este proceso se inicia luego de certificar el fallecimiento de una persona siempre y cuando no existan contraindicaciones médicas ni legales para constituirse en donante de órganos y/o tejidos. Tiene como objetivo fundamental, brindar el apoyo necesario a la familia para permitir iniciar el proceso de duelo, informando detalladamente y comunicando en forma eficaz, a cerca de la situación de la persona fallecida, previamente, el profesional que realiza la comunicación debe corroborar en los registros nacionales y/o DNI del fallecido, si este se había expresado en relación a su voluntad de donación, ya sea en forma afirmativa o negativa. Si no existe expresión de voluntad con respecto a la donación, esta surgirá de la consulta a la familia, que informará a cerca de la voluntad manifestada por el fallecido, y en caso de ausencia de manifestación se lo considerará como donante presunto, de acuerdo al artículo 19 bis de la Ley 24.193.
En caso de menores de 18 años de edad, son ambos padres quienes deben tomar la decisión de donar, trabajando siempre en el marco de la relación de ayuda.
INTERVENCION JUDICIAL
La intervención judicial no es un requisito indispensable en el proceso de procuración de órganos y tejidos. Únicamente es imprescindible para aquellos donantes cuya causa de muerte es violenta, traumática o dudosa. En estas circunstancias, la intervención judicial es obligatoria; por lo tanto, luego de la entrevista con la familia y testimonio de última voluntad del fallecido o donación para los menores de edad, se debe requerir la autorización final al juez interviniente en el caso.
DISTRIBUCION Y ASIGNACION
El proceso de distribución y asignación de órganos y tejidos comienza ante la existencia de un potencial donante en una unidad de terapia intensiva, una vez que se han cumplido los pasos operativos de certificación de muerte y entrevista familiar, y se ha determinado qué órganos son viables para ser trasplantados. El sistema informático del INCUCAI, Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), emite un listado de los posibles receptores en base a criterios pre-establecidos que tienen en cuenta la compatibilidad biológica y antropométrica, la regionalidad -región donde se Procura-, la situación clínica y el tiempo transcurrido en esa situación.
Todo proceso de distribución está asociado a un proceso de donación y, por lo tanto, a un do-nante. La distribución tiene por objetivo asignar los órganos o tejidos del donante a los recep-tores más adecuados inscriptos en lista de espera, para que sean trasplantados. Por lo tanto, el ordenamiento numérico de las listas se establece en cada operativo de donación, una vez conocidas las características de compatibilidad entre el donante y receptor y el lugar del país donde se procura el órgano. El SINTRA utiliza los datos del posible donante y de todos los po-tenciales receptores inscriptos en las listas de espera, para evaluarlos según el órgano a tras-plantar. Como resultado, emite un listado de posibles receptores con un orden de prioridad asignado a cada uno. En base a ellas, el INCUCAI o el organismo jurisdiccional comienzan la distribución. Se contacta a los equipos a cargo de los potenciales receptores para informar las características del donante. Con los datos disponibles, el equipo de trasplante de cada órgano evalúa si el donante es apto para el paciente que ha quedado primero en la lista y puede aceptarlo o rechazarlo. En caso de que sea rechazado para el primer paciente de la lista, el órgano se ofrece al equipo del siguiente potencial receptor de acuerdo al orden de prioridades. Y continúa en ese sentido hasta que sea aceptado por alguno de ellos o hasta agotar la lista. Una vez aceptados los órganos, se acuerda la hora de ablación. Se tienen en cuenta los aspectos logísticos, ya que el donante puede estar en una provincia y los recep-tores con sus respectivos equipos de trasplante en provincias diferentes. Asimismo, en este período se realizan los exámenes de laboratorio que incluyen la tipificación del donante, esto es el HLA, estudio que determina las moléculas presentes en las células del organismo que intervienen en los procesos de rechazo de órganos trasplantados. Este parámetro es utilizado como criterio de selección para ordenar la lista de potenciales receptores en el caso del trasplante renal. Si asienten, deben enviar a los receptores al laboratorio de histocom-patibilidad a realizarse un cross-match contra donante, estudio pre-trasplante que enfrenta linfocitos del donante con suero del potencial receptor y determina si el trasplante puede realizarse. Para esta prueba se cita a varios pacientes debido a los posibles resultados que contraindiquen el trasplante. Un cross-match negativo indica el receptor no posee anticuer-pos contra los antígenos de histocompatibilidad del donante y que por lo tanto el trasplante puede ser efectuado.
Criterios generales para la distribución y asignación
Los criterios de distribución están regulados por resoluciones específicas para cada tipo de órgano y tejido que garantizan una asignación equitativa. Estas normas que aplican en todo el territorio nacional son el resultante de sucesivos análisis de la literatura teórica así como de la experiencia previa, de cuyo análisis participan junto al INCUCAI, las comisiones ase-soras formadas por profesionales de los equipos de trasplante, las sociedades científicas, el Comité de Bioética institucional y la Comisión Federal de Trasplante. Las listas de distribución son confeccionadas por el INCUCAI a través de su sistema informático. Para cada nuevo proceso de donación, se crean nuevas listas, actualizadas al momento de la distribución
ABLACION Y TRASPLANTE
La ablación es el procedimiento quirúrgico mediante el cual se realiza la extracción de los órganos y tejidos del cuerpo del fallecido. Esta cirugía se efectúa en el quirófano de la institución donde se haya producido el fallecimiento del donante, respetando las normas de asepsia propias de todo acto quirúrgico, tratando al cuerpo con consideración y respeto. Esta intervención es efectuada por los médicos especialistas en cirugía habilitados para tal fin, pertenecientes al INCUCAI, a los organismos jurisdiccionales de ablación e implante o a los equipos de trasplante de nuestro país.
Los órganos se colocan en recipientes de conservación a baja temperatura (4ºC), en condicio-nes de esterilidad y con líquidos de preservación que mantienen su viabilidad.
El tiempo de preservación en estas condiciones desde la ablación hasta el trasplante en el re-ceptor, denominado de isquemia fría, es variable y depende del órgano conservado, en gene-ral debe ser menor a 20 horas. En cuanto a los tejidos, las córneas se conservan hasta el mo-mento del trasplante en soluciones de preservación en frío en los bancos correspondientes, durante un tiempo óptimo inferior a los 10 días. Los huesos, válvulas cardíacas y piel son crio-preservados en medio estéril en bancos hasta que son requeridos .
Finalmente, se efectúa el trasplante en un centro habilitado para tal fin. La intervención es realizada por médicos especialistas en cirugía con formación adicional en trasplante que son habilitados para llevar a cabo esta práctica por el INCUCAI o el organismo jurisdiccional de ablación e implante correspondiente a la provincia en la que se desempeñan.
LISTA DE ESPERA
Las listas de espera para trasplante son registros de pacientes agrupados por órgano o tejido, administradas por el INCUCAI. Cada lista de espera es nacional y única en todo el país.
La inscripción de los pacientes se realiza a través del Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la Republica Argentina (SINTRA). Es un sistema informático que opera en tiempo real las 24 horas del día, los 365 días del año, de aplicación nacional en el que se registra toda la actividad del proceso de donación-trasplante.
Este sistema cuenta con estrictas normas de seguridad y está organizado por módulos.
El módulo 2 destinado a la lista de espera de órganos y tejidos, permite consultar información, con diferentes niveles de complejidad y de acceso.
Las Listas de Espera son:
· Renal
· Hepática
· Intratorácica: cardíaca, pulmonar y cardiopulmonar
· Pancreática
· Intestinal
· Córneas